miércoles, 11 de marzo de 2015

Resumen del Reglamento de Evaluación


ARTICULO 3°  : El año escolar se iniciará con un proceso de diagnosis que tendrá como objetivo detectar el nivel de dominio de los aprendizajes previos que las alumnas deben poseer para iniciar el nuevo proceso de aprendizaje.  El diagnóstico obtenido se registrará en conceptos:
 
D    = Dominio

SD  = Semi Dominio

ND = No Dominio

ARTICULO 5°  : Las alumnas obtendrán evaluaciones parciales, semestrales y anuales.
5.1. Las evaluaciones parciales serán calificadas de 1,0 a 7,0.
5.2. EVALUACIÓN SEMESTRAL, corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas durante el semestre en escala de 1,0 a 7,0 CON APROXIMACIÓN.
5.3. EVALUACIÓN ANUAL, corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones semestrales en escala de 1,0 a 7,0 CON APROXIMACIÓN.
5.4. La calificación numeral 3,9 se aproximará al 4,0 y el 6,9 se aproximará a 7,0 en las CALIFICACIONES ANUALES.
5.5. Las calificaciones en cifras se expresarán  con un decimal con aproximación para los promedios semestrales y anuales (Ejemplo: 6,48 = 6,5)

LAS CALIFICACIONES DEBERÁN REFERIRSE SOLO AL RENDIMIENTO ESCOLAR Y
NO AL COMPORTAMIENTO.


ARTICULO 8° : El proceso evaluativo en cada subsector o módulo debe considerar diferentes tipos de evaluación. Semestralmente el profesor debe registrar sólo notas coeficientes 1.
8.1. Todos los cursos rendirán PRUEBA DE NIVEL en los subsectores del plan general en los meses de Junio y Noviembre, la que será coeficiente 1. Los terceros y cuartos medios además, rendirán
una prueba de nivel en el mes de Octubre, que evidencie los logros alcanzados en su
especialidad. Luego de analizados los resultados, se realizará un período de retroalimentación
con aquellos objetivos no logrados.

ARTICULO 9°  : En los casos de inasistencia a pruebas fijadas con anticipación, el apoderado deberá justificar dentro de un plazo de 48 hrs. con la documentación correspondiente en Inspectoría General, quedando constancia por escrito de esto.
ARTÍCULO 11º
11.1.  Al término de cada semestre todas las alumnas, en forma voluntaria  tendrán derecho a rendir
una prueba recuperativa en cada subsector o módulo de los contenidos más relevantes, definidos por el profesor. La prueba se aplicará sólo en la fecha programada y tendrá un nivel de exigencia del 60% y eliminará la calificación más baja obtenida durante el semestre. El promedio será recalculado incluyendo la calificación obtenida en la prueba recuperativa.

ARTÍCULO 12 letra f:
      Las alumnas embarazadas pueden estar en clases hasta el séptimo mes de gestación, con certificado médico que acredite su etapa de gravidez. Dejando resuelta su situación académica en cada subsector y módulo de la siguiente manera:
  • Constatar las notas y evaluaciones pendientes con su profesor jefe, el cual deberá calendarizar las evaluaciones en los distintos subsectores y/o módulos.
  • Derivar el documento e instrumentos de evaluación a U.T.P, para que sean aplicadas las pruebas y/o trabajos en las fechas estipuladas. La alumna debe volver un mes después del nacimiento de su hijo(a). Cuando la alumna reingresa debe ponerse al día en sus calificaciones pendientes a más tardar un mes después de su reintegro.